Condenado en España un pastor por tomar 500.000 euros donados por exfutbolista colombiano

 06 febrero, 2026

Madrid, 6 feb (EFE).- La Audiencia de Madrid condenó a un pastor evangélico acusado de apropiarse 500.000 euros donados por los fieles de su iglesia, la mayoría por parte del exfutbolista colombiano del Atlético de Madrid Jackson Martínez, al considerar probado que desvió dinero durante años a su patrimonio personal.

El tribunal condena a Tomás G. M., pastor de la Iglesia Evangélica Bautista de Sierra Oeste, por un delito continuado de apropiación indebida agravada, tras considerar acreditado que se apropió ilícitamente de 516.271 euros procedentes de donaciones realizadas por fieles de la congregación entre los años 2016 y 2017.

La mayoría del dinero lo donó Jackson Martínez, un jugador colombiano que ahora es cantante de música cristiana y que en el juicio confirmó que donó más de medio millón de euros para apoyar «la difusión del evangelio» y que cuando en 2020 supo que no se habían destinado a la iglesia, exigió al pastor que los devolviera pero este «no lo hizo».

La sentencia impone al pastor una multa de 3.000 euros y que indemnice a la entidad religiosa por el total del dinero no recuperado, informó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Los jueces consideran probado que el pastor y presidente de la citada iglesia, con sede en la localidad madrileña de Boadilla del Monte, tenía autorización sobre la cuenta bancaria de la entidad, y se aprovechó de su posición y de la confianza de los fieles para hacer numerosas transferencias a su cuenta personal, sin autorización de los órganos de la congregación ni conocimiento de sus miembros, que no supieron del destino real de las donaciones hasta el año 2020, cuando revisaron las cuentas bancarias.

Las operaciones se produjeron entre febrero de 2016 y noviembre de 2017, con importes que oscilaban entre pequeñas cantidades y transferencias de hasta 150.000 euros.

Con ese dinero compró un vehículo, canceló parte de una hipoteca de su vivienda y realizó una transferencia de 260.000 euros a su hijo para la adquisición de un inmueble.

Por su parte, el pastor negó los hechos y aseguró que el exjugador colombiano estaba al tanto de todos los movimientos.

La resolución judicial insiste en que las donaciones realizadas a una entidad religiosa tienen carácter de donaciones modales, es decir, están condicionadas a los fines propios de la comunidad y no al enriquecimiento personal de quien las administra.

La sentencia no es firme y se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.